En mi empresa de por las mañanas, cuando hay una discrepancia en la normativa interna, sobre lo que se debe hacer o lo que no, tenemos que acudir al final a la última instancia jurisdiccional, lo que en el mundo real sería algo así como el Tribunal Supremo, o casi mejor, su jurisprudencia (a pesar de que en nuestro sistema legal, la jurisprudencia no tiene la misma validez que en los sistemas anglosajones que vemos en las películas americanas).
En nuestra empresa de por las mañanas, estamos sujetos a muchísimas normas externas, emanadas desde varios y variados ámbitos normativos: CEE, Gobierno Nacional, Gobiernos Autonómicos, Ayuntamientos… y con estas normas, mal que bien nos defendemos; en caso de duda, siempre podemos encontrar la norma escrita en algún sitio.
El problema surge cuando se trata de una norma interna, es decir de algo que nuestros jefes han decidido en un momento dado que sea obligatorio en el funcionamiento de nuestros procesos internos.
Ahora mismo estoy preparando una nueva versión de un aplicativo informático, para mejorar uno de estos procesos. Tras un años de análisis, otro año de programación y unos meses de pruebas, un nuevo jefe se descuelga diciendo que el sistema informático no cumple la norma. Además se trata de un incumplimiento que se produciría solo en un 1% de los casos, pero el caso es que nos pide cambiar el proceso. Este cambio nos provocaría un retraso de más de un mes, pero lo malo no es eso, sino que tendríamos que triplicar el procedimiento de mantenimiento posterior a la salida del nuevo aplicativo, es decir cada vez que haya que parametrizar algo nuevo para este aplicativo (y se tendrá que hacer muy a menudo) si introducimos el cambio se tardará tres veces más.
Como lo que me dice no me encaja con mi conocimiento de la normativa interna, me voy a la Intranet y leo la norma, y como siempre, el texto es tan ambiguo que igual puede significar lo que hace ahora mismo el programa, como el cambio que el jefe pide.
Así que tengo que recurrir a la jurisprudencia, que en aquí no habla en castellano, la jurisprudencia habla en Cobol.
Nos vamos a los programas actuales y vemos qué hacen exactamente para este proceso y así se decidiría quién tiene razón…
No os cuento ahora todo lo que tengo que hacer para poder llegar a la rutina Cobol y saber que hace, eso para otra entrada.
4 Comentarios
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No te metas con el Cobol que si está bien codificado es la cosa más autoexplicativa que hay 😉
Hay tantos comentarios a tu entarada en el blog que los has dejado a todos anonadados.
Como se noto que la peña no tiene ni idea entre los que me incullo supongo que con la entrada te habras quedado a gustito, un saludo Tendero
Es que un blog no es sólo para los visitantes, también es para uno mismo. Y hay cosas que uno tienen que contar o si no revienta, aunque sepa que poca gente lo va a comprender 🙂
Antonio:
Me imaginaba que iba a pasar esto, de hecho parte de la culpa la tiene la forma de contarlo, más que el hecho en si.
Me hacía gracia comparar el sistema normativo de una empresa a las leyes del mundo real y significar que al final arriba de todo aquí, están los informáticos, que son lo que finalmente definen la realidad.
A mis usuarios no les preguntes que dice la norma, ellos contentas: “Si el PC me ha dejado…”
De todas maneras, Jokin ha contestado por mi.
Dondado:
Mi alusión, no iba por la dificultad de entender el Cobol, sino por las trabas burocráticas que tendré que pasar para llegar hasta él, coincido contigo en que la facilidad de entenderlo es lo que explica su larga vida.