Esta mañana no he podido resistir la tentación de contestar a un Tweet donde un usuario de la red social se quejaba del trato recibido en un banco a la hora de gestionar la herencia de un cliente fallecido de la entidad.
Se trata de un tema muy espinoso y que además depende mucho de la entidad donde sucede y de las personas que te atienden y de los clientes. Pero lo más complicado de entender es que el personal del banco esta constreñido a cumplir toda la legislación sobre el tema, que podríamos agruparla en: normativa de hacienda y posibles errores en el reparto de la herencia. Aquí el problema es que el banco tiene responsabilidad subsidiaria en caso de que los herederos no paguen correctamente los impuestos.
Así que en estos casos hay que ir con mucho cuidado y cumpliendo la norma al píe de la letra. Yo he tenido compañeros en el Banco que casi terminan en la calle por un problema de testamenterias. Pero debemos sumar un factor muy importante: en esos momentos los herederos de lo que menos quieren hablar es de bancos, cuentas e impuestos. Pero solo hay 6 meses para gestionar todo el tema de hacienda.
Y como todo en España lleva sus documentos y pasos burocráticos. Uno de los primeros es saber que el cliente ha fallecido. Podrá parecer una tontería, pero es muy importante para que el Banco comience el asunto con buen píe. Hace unos años, estaba en una Oficina donde cuando llegaba Navidad el Director le regalaba una cesta de Navidad (muy bien surtida) y le daba un buen aguinaldo… a la persona que repartía las esquelas de los fallecimientos del pueblo. A cambio los primeros que nos enterábamos del fallecimiento de un convecino éramos nosotros. De esta forma nada más tener la esquela bloqueábamos las cuentas del fallecido.
Con este aviso de fallecimiento hecho cuanto antes, empezamos a hacer bien las cosas. Por un lado evitamos que nadie saque dinero antes de establecer el reparto. Por otro no se admiten nuevas domiciliaciones y se autorizan los pagos básicos.
Os puedo contar historias para no dormir con este primer momento. Una de las más “divertidas” pasó un día de fiesta oficiosa en el pueblo (no era fiesta oficial, pero es un día en que tradicionalmente no se trabaja). Ese día me tocó trabajar a mí. Eran días en los que entraba poca gente al banco. A las 10 de la mañana entra una cliente al banco, vestida de negro y con prisa. Viene con la libreta de ahorros de su suegro y quería transferir todo el saldo (que era mucho…) a otra cuenta con otros titulares. Ella estaba autorizada en esa cuenta. Pero resulta yo la conocía. Era familia de un amigo de mi hermano. Y el padre del amigo de mi hermano había muerto el día antes y lo enterraban ese día a las 10 de la mañana… avisé al Director, entre otras cosas porque dado el importe de la transferencia yo no tenía permisos para hacerla. En es momento se abre otra vez la puerta de la Oficina y entra otra señora también vestida de negro… la otra cuñada. Solo os cuento que tuvo que venir la policía a separarlas.
Pero una vez la cuenta esté bloqueada, hay que seguir una serie de pasos para concluir con el reparto de la herencia. En ese momento el Banco tendrá documentación oficial indicando por un lado como se reparte la herencia y por otro los impuestos que hay que pagar y si se han pagado ya. Lo normal es enviarlo a Asesoría Jurídica para que comprueba que todo está de acuerdo a las legislación vigente.
Aquí los principales problemas que tenemos es que según lo sofisticados que sean los productos financieros del finado se requiere cumplir una serie de requisitos con los herederos para hacer líquidas la cuentas. Aquí tenemos legislación que en muchos casos es complicada de cumplir. Suele requerir firmas presenciales de los herederos. No siempre se permite firma digital y en muchos casos los herederos no son clientes del Banco y no tienen acceso a la banca en Internet. Con lo cual el tema puede hacerse largo.
Un tema que es muy recurrente es no usar servicios de profesionales que asesoren a los clientes. Yo cuando alguien me preguntaba siempre le aconsejaba acudir a un abogado o a un gestor para hacer los trámites.
Hace un par de años intervine en dos situaciones donde se ve la importancia de ese asesoramiento. Falleció de forma inesperada uno de los mejores clientes de la Oficina. No solo tenía casi todos los productos del catálogo del Banco… sino que era un empresario participando en media docena de sociedades con cuentas (tanto de activo como de pasivo ) en el banco. Pero dada la complejidad los herederos recurrieron a un bufete de abogados. Nos llevó mucho tiempo prepararlo todo… pero el proceso discurrió sin ningún tipo de problemas.
A la vez falleció el padre de un amigo mío. Ya mayor y solo con dos cuentas con nuestro banco y una tercera en la competencia. Además con problemas entre los familiares. Acabaron metiéndonos una demanda al defensor del cliente… pero lo peor llegó al final. Cuando ya estaba todo el papeleo arreglado y todos los saldos divididos entre los familiares (uno de los cuales era la madre de mi amigo) falleció la madre… y tuvimos que empezar de nuevo el proceso.
Independientemente de esto tenemos los problemas de cuentas de fallecidos, donde el Banco no se entera del fallecimiento y la cuenta sigue funcionando hasta que entra en mora. En ese momento hay empresas casi siempre externas que tratan de recuperar la deuda. Y no son conocidas por su tacto. Que este es el caso del hilo de X. Aquí a veces le damos buenas noticias a los clientes. Hace unos años revisamos las cuentas que llevaban más de 5 años sin movimientos. Y vi una cuenta donde los apellidos me sonaban. Al final tras unas cuantas comprobaciones resulta que era el hermano soltero de la madre de un familiar de mi esposa. El saldo era muy jugoso. Llamé al familiar de mi esposa. El hermano había fallecido hacía 8 años. No sabían nada de esa cuenta. Menos mal que me hicieron caso y buscaron un bufete de abogados… y así y todo tardaron bastante tiempo en recuperar el saldo.
Pero el problema de los bancos la la legislación es muy complejo. Tanto cuando trabajaba en servicios centrales, como cuando he trabajado de cara al público más del 50% de mi tiempo de dedicaba no a atender a los clientes… sino a cumplir obligaciones legales… casi todas con Hacienda.
El año pasado tuve que tramitar la herencia de mi madre que tenía cuentas en dos bancos, uno de ellos fue entregar los papeles y en menos de dos semanas estaba todo arreglado, el otro banco, tardaron 4 meses desde la entrega de papeles, y parecía que todo eran pegas.
Así que si, todo depende de quien te toque en ese banco para tramitar te los papeles. Tb todo sea dicho, en el primer banco, los tres hijos éramos clientes.
Y si, aunque cueste dinero, mi consejo también es contratar un abogado.
Se nota la calidad del empleado con el que te encuentres y también lo acostumbrados que estén a tratar esos asuntos. En tu caso además el hecho de que los herederos sean clientes ayuda, pero más que desde el punto de vista comercial… desde el operativo: ya estás en el sistema con todos los datos bien, tienes acceso a la banca on line y eso simplifica muchos trámites.
Ha sido leer la entrada y ponerme de malas. ¿Los bancos estos sin oficinas y todo online? Tremendo infierno de jugar al ping-pong para cerrar una cuenta de mi madre fallecida con ellos.
¿El banco con persona física? “Toma aquí todos los papeles ¿falta algo?” “No, todo bien”
¿El banco sin oficinas? Que si cartas certificadas, que si burofax, que si la documentación que les mando no son fotocopias compulsadas, que si tengo que ir a otro banco de la misma familia para compulsarlo que tiene 2 oficinas en el país, que en esa oficina dicen que ellos no compulsan para otros bancos…